Desde el 1 de junio de 2013 todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda usada (construida antes de 2007) debe contar con el certificado de eficiencia energética en cumplimiento del real decreto 235/2013, de 5 de abril.
Es un documento que incluye la calificación de la eficiencia energética y el consumo de un edificio o parte de éste (vivienda, local, oficina etc.), información del procedimiento, descripción de las características energéticas y recomendaciones de mejora viables. La calificación debe registrarse en un organismo oficial de la comunidad autónoma correspondiente para que tenga el carácter de certificado.
El propietario o promotor que quiera vender o alquilar su vivienda debe contar con el certificado energético desde el pasado 1 de junio.
Es obligatorio tener el certificado energético para alquilar o vender una vivienda y este documento se deberá entregar al comprador o mostrar al nuevo inquilino.
El real decreto en su artículo 5 concede la competencia a las comunidades autónomas, así que son las que deben regular la certificación energética y crear un registro oficial donde se inscribirán todas las certificaciones.
Registrar el certificado en el organismo autonómico supone conceder la etiqueta energética obligatoria para vender o alquilar el inmueble.
Tendrá una validez de 10 años y el propietario será responsable de la renovación o actualización conforme a lo que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma.